El personal del servicio doméstico ajusta de manera mensual sus salarios, tal como lo reflejan sus más recientes acuerdos paritarios. Para el mes de julio se espera un nuevo reajuste, aunque resta conocer el porcentaje exacto, que se sabrá luego de la inminente reunión entre la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y el gremio del sector.
Se descuenta que, una vez reunidas las partes, se arribe a una definición para los próximos meses, que se vienen anticipando de manera bimestral, considerando el ritmo inflacionario que publica mensualmente el Indec (Instituto Nacional de Estadísticas y Censos).
En el caso de no prosperar un nuevo acuerdo, se mantendrán los valores para cada categoría, como constan en la grilla salarial de junio.
Habitualmente las actualizaciones impactan en el salario del personal de tareas generales, que constituye la quinta categoría y abarca a las empleadas domésticas, es decir, a quienes se dedican a la prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas.
Sueldo vigente por hora de las empleadas domésticas en julio 2024
Con el reajuste de junio, a las personas que realizan tareas generales en casas particulares y están contratadas por horas o por jornada se le liquidan los siguientes montos:
– Por hora con retiro: $2322
– Por hora sin retiro: $2504
Estos valores sirven de referencia para quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales.
Sueldo mensual vigente de las empleadas domésticas
En julio, quienes trabajaron con un esquema mensual cobraron los siguientes montos, correspondientes al trabajo realizado el mes anterior:
– Mensual con retiro: $284.794
– Mensual sin retiro: $316.688
Estas cifras están destinadas a los trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.
Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Cómo calcular la antigüedad del servicio doméstico
Para poder sacar cuánto le corresponde a la empleada doméstica, se deberá calcular el 1 por ciento por cada año trabajado. A los fines del cálculo, se deberá considerar la antigüedad desde el 1° de septiembre de 2020 y se calculará sin efecto retroactivo.
Esta liquidación es generalizada, lo que quiere decir, que el pago de este dinero adicional abarca a todas las relaciones laborales vigentes del servicio doméstico. Debe estar incluido como un nuevo ítem en los recibos de sueldo para facilitar su identificación.
Qué datos se necesitan para inscribir en AFIP a las empleadas domésticas
Antes de iniciar la inscripción y dar de alta la relación laboral, el empleador necesita conocer ciertos datos del trabajador:
– N° de CUIL
– Nombre y apellido
– Fecha de nacimiento
– Domicilio real
– Obra social (si no tiene obra social, el sistema por defecto le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares)
– Si es o no una persona jubilada
– CBU (en caso de ya estar bancarizada)
– Número telefónico
– Correo electrónico
La inscripción del empleado se puede anular hasta las 23.59 del día de su registro. Durante ese tiempo, está disponible la opción “Anular” dentro de la tarjeta de esa relación en el inicio. Sin embargo, pasado ese horario, el trámite es presencial en cualquier oficina de la AFIP.